a - s gj ¿, sion mayor fo os. Pag s. ¶ Y siendo ali, e, necessaria difpenfacion, para satificarlo de nuesto, toscero. " ¶ Es necesistia gran autela para estificar y hazer de nueuo el Martin, ni , que de lo yo fue no so, por algun sospecimento dixi mente, quando el vu"conserte res ignoran- te del in pedimento, y como se ratifica. fo, so, pag", & x. & fo. io;. ¶ El Obispo, y quien tuuiere fu ausori- dad, el Commiliaria de la Cruzada, y los confesores de las Ordenes Mendicente, q tienẽauctoridad para esto de los prouincia , les, podran difsientar en este caso to es, & s se pog.-te. s. pag., & x. tos. ca & o7. p.g. t. & x. & fo. es, &c. ¶ Y aunque es necesistrio que las partes pre llen nuesto consentimiento para la ratifica- cion del tal Matrimonio. no es necellarlo que la parte sunocente sepa esprella mere la s, cualidad del primer contrado, o Marrimo- ""Est̃ntillo, por los grandes inconuenientes que desto pueden refufrar. fino que hasta q sagaz y prudentemente, fe te fag̃nueuo con sentimiento. lo en pag. s. " ¶ Mas quando entrambos contrayentes fu " " " " " " " " " " " " " " " " " " pieron |