Prev  Up  Next

Advertencias para los confesores de los naturales (Primera parte)
M. Ocharte, 1600.
page: 00562



pieron al tiempo que fe calaron el impe-
dimento diximente facilmente le puede ra-
tificar por el modo que se pone." ro re. s.
g. Y en este caso no puede difpenfar el Co
suisfario de la Cruzada fo. ve." pag.z. Sino
¶ ò quien tuviere fu ausoridad, pero en
eñoguna manera, o mey taro lo quieren ha
zer conforme al Concilio Tridentino. fo.
¶ Y los confesores de las Drdenes Men -
eñcantes tienen priuilegios para difpensar,
en este caso, y en otros semejantes to. 67. .
4. "part ratissicat el Marrimonio que en fi
fue nistros, por algun impedimero diximen
te; no es necellaria la presencia del proprio
Parecho y relligos, sino que los contrayen-
tes prellen nue no confentimiento entre fi,
que con ello É auiendo precedido la dispon -
facion del que la puede dar j̃stalia, v"qiiẽ
da ratilica do el Matrimonios, que en fi fue
nullo. fa. , o s. pag. , & ro. "ros.
¶ Con gran rigor manda el Concilio Tri
dentino, que no se difpenfe en el Marrimo-