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Advertencias para los confesores de los naturales (Primera parte)
M. Ocharte, 1600.
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monio de los que a fabiendas contraxeros
con impedimento dirimente, efpecialissen-
te, fi fratrcuieron. a confusitatio f... vo.
4. Q..uando las doncellas, o folteras no
quieren contraher Matrimonio con osados
procure el Ministro fabar la causa. to. 14.
¶ La muy ordinario entre ellos Naturales
dar palabras de casamiento a las isiosas pa-
ra suertes, diciendo ipaltzinco in Dios ca
nimitznonamictiz, que quiere de ir, tor, si
Dios de extarme con vos. Y despues, sin q
ni para que salirse a fuera ausendose apro-
uechado dellas, y venirlos a los pies del cõ
fellos, no ay persuadirles a la obligacion
que tienen. En este caso no se de ue abfol-
ueral que asi viniere, fino cumple la promer
fa, no auiendo otra causa por donde los del
poforios sedes, sagan. Por que los despojo
s, rios cladeflinc, fon valido,"l ad del pues del
Cocilio Tridentino d̃ como lo tiene te acae
ro, el padre de la Vera-Cruz, Sarmiẽto. Ote
go perez. Cutierrez. Le desma. y Segura, re
feridos por el padre pr. Manuel p. xomo
ca. alo. cõc. to. Y asi fue declarado por los
" " " " " " " " " " " " " " " " " " " "Seitores