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Advertencias para los confesores de los naturales (Segunda parte)
M. Ocharte, 1600.
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Aduertencias para
ltro es del numero de lor difereros.
¶ lrentextes cap. 7. xix. c. lex Guardianes
diao. Ma, si fuera de cap Y sea exts, su Cuar
dian por quas quier razon que sea, en tal ca-
so el Ministro Prouincias "s fi te pateriere ci
conuicae]con los discreto, de la Prouincia
podra elegir Guardian., si al tises, ncias por
algun fusio respeáo le parece que no con-
us"uertestras" Cuardias, que ha acado por
la torme a s, sanera fos, ve"cha, podra dar v
comerer la tal electico el Conuestro, para q
los moradores del es, santo Cuardia ó"Duria
fe.fi tenien.fo como dicho es la visitas, so-
uierno de la Prouincia el Commiliario de
las Indias se incurribe v pertenece al Pro-
uincial de la isconincia es, s̃s, con los discre
to, Guardian odas la eleccion al Conuento,
o fi esto per eo, sce, Commiliarios fecis, si
defeque pertencce al Padre Commiliario.
l. 8""Item coris, coel cap. 5. xix. etet, illis, ea
factor. cellas confessuctoris, te ordone, que
en todas aquella, que nuestra Orden fin or-
denado n puede ningun Prelado general
disperitas, si ho. xxxii exeris. xxx. . c. xxxonfesso
si ho, sisterete, de arguna Prouincia, &c.
Ducescasi ci Commiliario Generat quo ali-