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Advertencias para los confesores de los naturales (Primera parte)
M. Ocharte, 1600.
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Aduertencias para
s los mandones a que los traygan, ellos he-
chan usan de los primeros que repar, por la
caste, o tianguez. y itze, ix. aocian guarilar
para co pienseis bien sus percados, y si quie
ra ix. s. n xilgotz. a x. s. a xi. contrition, fucce-
d eis, qu sicis, acuerdo el cons.á s ya se han
y , y non sãia, ix. s. luen. Pues confesiertos
lio l receder dios de penitencia y diligete exa
mercel su corriciencia, ya le ver lo que dixe
los Doctores que la confefsion del que no hi
zo lo ciertida el ligencia para examinar bien
fu confciencia, por lo que le le oluido algá
procado, o peccãdos mortales, es invalida y
y ix. c. 1ferio repered. fino es in arsiculo mor
tis, quo tunc excolatur posuit. n. fi confitea-
tur sine pressia; xxii. inatione para vito dii.
Pos igite et cosit itor lo mejor que pudiere y
sus sose, por que sus, pretil deficcios examini,
per in extor. t. ixero prodentis coni llarita
Protes. l. xx vigere casta, & est, ado stillic, etis
aris, nis, sselestiis. l.rem dicari peccata, como
dix, Nariarto y otros cir alega ll orico lla
riquez tosi, s lib. x. de proxiecta cap. t. 6""r.
ag Mucta, voces va vo ficerdote pos'vn ea,
s.'ino y tlaman ie icotitl tlara vn xoctio que
esta mato, y no fabe el sacerdote mucha len-