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Advertencias para los confesores de los naturales (Primera parte)
M. Ocharte, 1600.
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l os Gonfeñores. res
articulofera bien, faber si los naturales q̃in-
currieren en el caso en que el Gomifiario de
la Gruzada dispenso, dando los tales cierta
limosna pecuniaria lieran por el disponiados
y compuestos . Este cato mas confisto en pro-
ctica que en el pecutacion y aſsi pondre ala
letra lo que vo"padre de mi "Ordeis llamado
fray ioan de Lon muy docto y gran tierrio de
Dĩõo fortuso el año de os." despues de suer
consultado tobrecito al çotomitlario general
de la çiuzada. dixe añ. En estos casos para
con indio, no ay con Poticion a dinero como
la ay con Españoles. Preguntarmetiar, como
fabeys esto por que la bula plumbra, ni el Su
mario que dx España viene impresto para e-
llas cosas como arriba dix, no hacer," distinc
cion entre Efpañoles ni entre indios mas eb
foluramente caso à los Gonzos, á los risto pue
dan difponíar y componer en ellos caso, sin-
otra distinálco, y quisto la ley no distin, ue
tan poco nosotros derremos distingui, ". , to
digos que el Señor Arcobispo tion iscero de
Moya y Gomiera. , aves veces, asi s, poco
mas o menos fiendo esoromilla, lo cl, la r̃si-
zada, con los que para esto se juntaron isiese
ron vita memoria cirque possian lo que cada
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