lemittectiondeles nonicios, x. &ordiena, que los nouicios, antes de Arefce- biriel hasbito, confiesten y comulguen,-" É)t?]OS-CO IIItèrOS", CIte]tiz: " , fe han de refcebir " I"N todas las Prouincias, citen diputados ?" ciertos conuentos, por el Capitulo Pro- uincial en los quales folamente fe refciban nouicios. Y deue te aduertir, que los dichos conuencos quanto fuere possibie, esten apartados del commercio y trato de fegla- res y procuren los pertados, que en cada conuenco.de nonicios, aya vn logara parta do, que feliame noniciado idonue fectico, como conuiene, los nouicios, y todas las puertas del dicho nouiciado, estasan fiem- pre abiertas, para que el Maestros de no er- cios, pueda libremente entrar, todas las ve- ces que conuiniere. tras; y el gas, gig. . 2. "I-IC'IOSi ltiticiti:OS. . Iarlos nonicios, sy sqq |
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