t instructiondetos Nouietos. s. I70rque fegunde recho, ningun Frayle de l̃ otra religion, puede fer admicido en la nuestra, sino es suiendo pedido primero li- cencia a su pertado, aunque no te la aya cõ cedido. Yencendiendo, que ay muchas reli- giones, que tienen breues à Postolicos, en q fe veda, que no te puedan partas fus Frayles a otra religion, como en especial nos cõtra tenerle la religiofífsima orden de fant tite ronymo portaro te determina, que de aqui adelante ningun religioso de otra orden, sea admitido ala nuestra, aũque trayga lice- cia de tu tuperior. Mastos Frayles menores conuecuales, porque en cierta manern pro feitán nuestra regla, podran terrefcebidos, con tanto que este primero vn año en nue- stra orden el qual acabado renuncien fos prinilegios, y hagan publicamere professiõ como fe acostumbra en nuestra orden. It) èlòe],-"¿, ¿, y frdinguno pueda ferrescebido en nuestra " " orden para Lego.fi fuere mayor de qua- renta años, y menor de veinte, y sino fuere á apro |
![]() |