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Estatutos generales de Barcelona,para la familia cismontana,de la orden de nuestro seraphico padre. S. Francisco
P. Ocharte, 1585.
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tielos delinquentes. se.
Inagar judicialmente los peccados y deli-
cios, que por fus predece flores fueron casti
gados;ó visitados, y el que lo contrario hi-
ciere.fea prinado de los actos legitimos. Y
en la misma pena, incurra el Pertado, que
quisiere conofcer y juzgar, dejos excestos
de su anteceitor fino es en cafo, que el capi
tulo fe lo aya cometido, dandole para ello
letras auetencicas.
Ningun pertado pueda referuarni guar-
dar los proceitos y anctos judiciales.fino es
por capacio de feys mefes, los quales fe han
de contar del de el dia que acaba fu officio
en el capitulo, y fi derro defre reimino no fe
pidiere.initicia, ponga te perpetuo silencio,
j.)t: is im̃ttit GCI
I 20s relligos faltos, y los accuradores, que
"no prouar en el crimen, que han puesto,
fean castigados con la pena del Tajion, la
misma pena del Tation, le ha de dar al q̃aje-
l curare a alguno del crimen, de que en otro
l nepo fue fuíficientemere el reo castigado.
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