Capitulo.-òejasele àiones, remente notorio estar el dicho. Erayle cons preliendido en la dicha cortitucion á potro lica portanto te ordena, q̃e l Pertado, qve le rejrecho la dicha íformaciõfummaria.este obligado á hacer luego, como dichoses, sa. formacios, suridica en el pueblo y lugar, tie donde el dicho Frayle es natural, para que con ite de la verdad, y el pertado que hiciere lo contrario.fea prinado de los actos legíti mos por cinco años. Y para cõfernar la pas y escufarefcancia los te ordena, que el Fray je, que vna vez estuuiere, por gado de la ma- la opinion de linage, por la informacion á te hiciere a suitancia de los pertados, que no pueda para siempre jamas.ferer dicho Eray le excluydo de los oificios de la orden. Por razon del mal linaje, ni puedan las infornia ciones sobredichas, fer puestas en dudas y los que lo contrario hicieren, fean castiga- dos como perturbados de la pax. j.) GlOS SillGrct0S- i l. N cada consiento de nuestra religion, s- i " ya algunos religiotos, que fean difereros, |
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