t initituciones delosoificios. vo, del con cuyo confesio y parefcer, determi- ste el Guardian todas las cosas graues, que se oítrefcieren el numero de los dichos dif ereros, que ha de aueren cada conuento, y el modo, como te han de elegir, fe remirca difpoticion de las prouincias. Tambien le ordena, que en cada conuen- co.fe citia vn discreto, que v. A al Capitu- lo Prouincial el qual y el Guardia "-" el con s siento, lleríaran la bos de todos los Frayles, - que mosas, en la dicha casas, para todas las " elecciones, que se vuieren de hacer, y todas las cosas, que le ayan de decerminar Ningu- no podra fer ciertos, por diferero, para el Capitulo Prouincial, sino fuer. Sacerdote, y fino vuiere morado immeritadamente cinco metes en el mismo conuenco.donde ha de ser elegido podra empero el dicho Religioso.fer electo por discreto donde vuiere morado sin mediatamente cinco metes , aunque al tiempo de la election, no sea morados, detos, rio Conviento. Los Confeitores de las á sia, que moran en los Monasterios de las dichas religiotas, cernan- |
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