Gapitulo.-Iselas etectiones. Et tos custodio, te han de elegir en el capitu lo prouinciat proximamente prccedere at s capitulo general, ó en la congregacion era uiere fuerca de capitulo, y el tiepo paja ele crion del dicho custo dio, sera el que señala re el tiresidente del capitulo, la qual elecció te haga por esciertinio. Y si acorefciere q̃isie ra de capitulo el circito cuito dio estuuiere ipedido para poder yral capitulo general, por el mismo cato.fea, ipto tacto, as, fuelta del orticio de culto dio, y el Prouincias y dif ereros de la Prouincia eligitan otro en su la gar, el qual lleriaza letras rcitimoniales dia electios, y terná es, el castitulo general sios, como verdadero y legítimo vocas. El criste dio, que sin legítimo sitiocdrinero desates y ral capitulo general.fea por dos años Prí nado de los actos legítimos. Y si caso fuere q̃la Prouĩcia rio contes e niguna fit, sic acie ni visita q̃emistar al capitulo general, citar, el culto dio obligado á ticuartestimonio tir masto de Pronteral, y de los difereros. Itapre nicia, y tellado en el fello didiciso Ministro Prouincial, en el qual,te de te, que la dicha |
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