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Estatutos generales de Barcelona,para la familia cismontana,de la orden de nuestro seraphico padre. S. Francisco
P. Ocharte, 1585.
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Capitulo.-Iselas electienes.
á los Isillinidores congregados en casi
irrio;juntamente con el tirouincial perte-
ne (ce determinar todas las cosas que cons
mercir para la buena gouernacion de la Pro
uincia, con rastro que no traga ningunas or
denaciones sin confencimiento y confeso
de la mayor parte del calistrito, tian te de ra
lliruyr en el distinitorio los Predicadores y
confeitores de feglares y han te de elegirra
dos los Guardian es y confeitores de Moa-
jas, lectores de Theologia y Maestros de na
uicios. El sisti, ni torio, despues deje y dajaza
bla, no poctra durar, tino es por cipacio ce
ocho dias, los quales acabados, se le acaba-
za la anctoridad que tiene los distintrorios
capitulares, Ordenase, que en el distintrorte
y en todas las de mas congregaciones co-
miencen á vocar los difereros mas antiguos
y principales. Mas exprestamente prohibi-
mos, que el Ministro Prouincias, ni otro nin
gun Perlado tuperior, sca to, primeros que
voran ó manifestares.fir voluntad en las ele
ctiones, ó en las cosas que se vuieren derra
tar, como antiguamente lo tiene la orden