Capitulo.-òe las electiones." en Ministros ni Cõmistarios generales;fino paslados de diez y feis años, defPues q̃vuie- ren acabado fus officios, como por consti- tucion á postolica efla determinado. Y por que estas cofaste fuelen variar, fe guardan en ellas lo que por anctoridad á Postolica fe decerminare Y porque los dichos oificis les de la Crista tienen muchos galtos en la execucion de fos ojticios, mandamos ace- dos los Prouinciales respectinamente, este efren obligados, fegò la por sibilidad de las prouincias, a curbiar limosna compererse a los dichos oificiales, y los pertados gene- rales terná cristiado de hacer, tiefto fectipla, j.) C]057. littitisti Ort"S Isel capitulo general. El Rel capitulo general de entrambas fansí Iias;fectitan doxe tirifinidores. Los teys fean de vna familia y los otros seys.fean de la otras y cada familia, ( que respectinantes te le llama ṽiera morirana ó cifmontanas) Silla porfífusteis útilinadores. Y porque te |
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