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Estatutos generales de Barcelona,para la familia cismontana,de la orden de nuestro seraphico padre. S. Francisco
P. Ocharte, 1585.
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t instituciones de los oificios." va.
les acerca del go uierno de las prouincias, ni
menos trataran negocios defeglares, ni los
negocios que vocaren a toda la orde;ó a ca
da familia por firnojo podran tratar ni pro
curar, ni permitir, que se trate fin sabiduría,
y licencia del Ministro general. Y los Fray-
les que fuere á la pretencia de los dichos oi-
ficiales, con obediencia, no los puedi te mi
rir á otra ninguna prouincia, sino á la pro-
pria y quando los huespedes llegare al mo
nasterio de Aracesispreferir ente al procura
dor, ó Gõmistario respertinas, sente, y de les
que nca de fos negocios, y partados cres dias
le salgar, de la Corte, y les en los negocios,
para que se cors. Iuyan, y acaben tio, los di-
chososticiales. Los cirtales te contentes, ca
da vno ciellos cõ dos compañeros, que sea
honestos y exemislates y todos los aporta.
ras, que á ellos vinieren, remitirlos han atus
prouincias. t.os dichos dos officiales terna
eis los capitulos generales voco en todas
las elecciones, y en los disfinitorios, sino fue
re en los actos, que tocan atu fin dicaciõ, no
podrá terrcelestros alos dichos oificios, ni