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Estatutos generales de Barcelona,para la familia cismontana,de la orden de nuestro seraphico padre. S. Francisco
P. Ocharte, 1585.
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Capitulo.-Iselasele àiones, :
y razones, porque fueron infpen fos. Los di
chos procurador y Cõminario de la Corta,
ni los cõpañeros, que cada vno dellos pas,
de tener, no cflaran fubdicos á ningun "Per-
tado lo cal ni Prouincial, fino folamente al
Ministro y Commistasio general -
à los dichos dos officiales de la Curian,
cerrefce tratar, negociar, y expedir todos
los negocios de la orde, que alli te ortrefcie
ren, y ningun religioso de qualquiera cali-
dad que fea, to Pena de priuacion de los ac-
tos legítimos, se pueda entremeter en los tir
el ros negocios, ni ote procurar en la dictra
Gurra algun indistro ni gracia, que ro que al
ertado de nuestra familia, ni pueda era razrá
negociar ningun otro negocio en la dicha
Corte Romana, fin licencia y confesistinte
ro de los cristros oificiales. Los Ministros
Prouinciales hará en sus prouincias, que le
guarde esto, ansí en los Frayles como en las
Monias y los que lo contrario trisieren.fea
Porios Pertados generales castigados.
I"-" dichos oificiales de la Cusia, en nu?"
E?" A manera te entremecerán con los Fray