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Estatutos generales de Barcelona,para la familia cismontana,de la orden de nuestro seraphico padre. S. Francisco
P. Ocharte, 1585.
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Ettaruros generales
ni confeitores, ni darles licencia, para que le
ordenen. El religioso que vuiere venido de
qualquier parte de las Indias a tífpaña, no
pueda boluera ellas, sino fuere quando tus
pertados le vuieren embijado con algunos
negocios de la orden, que tratar Ordenase,
que en la Prouincia de Canaria y le fancto
Lsomingo; y en el consiento de Cartagena,
de tierra firme no puesta de tenera los Fray
les, que van a las Indias, y los que lo contra-
rio trisieren.fean Prínados de tris oificios.
Es Et. O S. C O M M I S SA E LOS
Generales de las Indias.
Capitulo. As.
IXOrque la mucha, distancia, es carita, que
los negocio, que occurreri, no te puede,
despachar por el Ministro general, ni por sus
Gõmistasio que reside en la corre te orde-
na, que en las Indias aya siempre dos Cons -
mistarlos generales, el vno, que refida, y pre
tida en las Prouincias de la nueua España, y
el otro estas prouĩcias del Peru, y los dichos.
Cõmistarios, ha de terinitituidos Apores;M"