los Confeliores á lo de obligarlos a peccado mortal fi no la cia plieren, pues de ordinario fu ciuicio y poco entendimiento de algunos los escusa, aun- que ſe les imponga con la obligacion ordina sia. Lo fegundo, le tes penitẽcias a que ellos son inclinados, como lleuar Crtizos, o dici- plinarse o venir los Lunes Mierceles, o vi crues a la proceſsion, y diſciplina de la Q..ua resista, o otras cosas tenielantes, pues el mil mo Concilio dize deue se imponer las peni- tencia, pro qualitate criminum, & peniten- cium facultate. De lo quatte celige que que- da al confelior achitrar quel te a la infia peni- tencia conforme a la calidad y pescibilidad y talento del penitente. Ycaſe s. Manuel Ro de iguez, s. tom. cap. 55. concl. x. Y pues de ordinario tienen ellos naturales fu bulta a confesarle, que procuren ganar todas las indulgentia, y jubileo, que pudieron para que por ella parte puedan fatisfacer a las pe- na, que ſe deste alas culpas, y tambien ſe les amoneste que lleuen en paciencia y en peni- tencia la vida contristro y trabajo en que vi- uen diziendo á como a colela Ncuatro l deſ- pues de abfoluer al penitente, que muchos v- ian efias palabras - Patzĩo Domini Not- |
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