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Advertencias para los confesores de los naturales (Primera parte)
M. Ocharte, 1600.
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Aduertescias para
Extremaunccion fea vno dellos estaba,
que la cia. Y della en particularezerle.
Trid, feli. 14. cap. x. de extretinere.
Et que dixere que la fagtasta vecciese
enfermos no da gracia, ni perdonaistros
lea Ana, hema, y maldito. Ypor cess:
cierta peccado, no fo han de entender,
ni ales, fin, recibien mortales. Pores
quiere dezir que de gracias, como sos.
dize fancto Tito mas en ellas palabras
q os arr s. ad 8. Para el perdon del
do vental no le requiere intefiende fé
ningun Sacramento le instituyo de la
Ley para contra peccado vental, por las
cierto. Sacramentales, conuiene afaher
agua bendita, y otras cosas deste gestos
ta Y en otra parte dize efle fancto la
fancto Thom.'x. p. q. 61. arr. c. Consita
es de todo Sacramento con el cual fell-
gun remedio contra el peccado, que err"
de gracia. De lo qual le infiese poderos
to en que vua persona muriendo fuele
cramẽto y ra al infierno, y con el fuert"
ray fo por que puede a corescer, que v""
te pueda confellar de fus peccados esto
o puesto que puede, no le parece que es,