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Advertencias para los confesores de los naturales (Primera parte)
M. Ocharte, 1600.
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[ TA E LA.
[ l[ A confelentes que llenen cõpaciencia y
[ espenitencia, los trabajo, que tienen. to. s.
[ s.tiamo fe aticã con los penitentes que cá
[ testan asies lleuado la virginidad a alguna
[ conzella. fo. sa. na. 97. vcate el titulo Cõ-
9 Son obliga los, acomulgar a los enfer-
mos, fo. ver̃es y x. &c. "'
. 1. Y desten confireñir a los enfermos a que
l comulguen los va. pag. x.
Æ. Son obligados fopera de peccado gra-
sillimo. a otrar al enfermo antes de perder
el frutida. yo."-o. pag s. "
q̃No incurren en sirregularidad, haziendo
los traer a olear, fi por esto fe les acceleraſ
te la muerte. fo."-" pag. x.
Æ Tsens reda la auctoridad del Prouincial
Para viar de los Brenes Apostolicos inforo
cõſcienti e siendo desta Provincia del Sacto
Euangelio. lo es pag é, &. x.
Æst,"uando taben est fa confellion el impe
dimento que tiene el contrayese para no co
der casarse, aconfesente no le cale, mas deſ-
pues viniendose a casar, no le dete coro y co
mo le avran con el- fo. ss. na- xo per,"'"'"-