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Advertencias para los confesores de los naturales (Primera parte)
M. Ocharte, 1600.
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T A Rl. A.
Æ. Y los Miniſtros Clerigos como ſe avtl
est este caſo, el qual es muy ordinario, ibi-
dem . Esto note y adas erra mucho el con.
'"" "'" g. sajeo,
Æ. Por concellion de Paulo, s. pueden los
Religiosos de la Compañia deferoz, y sero
goza de sus priuilegios, que ten cientales
por su Ceneral a las Indias, y los demas ás
ligioſos que residen en ellas, celebrar des
Milla, en diuersos lugares sin el te prieste
gé pueden los Sacerdotes celebrar dos se-
ces en vodia auiendo necellidad, y grance
nuria de Sacerdotes como le dilisos en ellas
recho cap. Cosolutil, de Celebrario Millar
y no solo en diuersos lugares, mas tambien
en vo mismo lugar cororme a la necesticia.
la quas te dextrat arbitrio del varon pretil
re, el quel sia de mirar las circunstancias n"
lla, y aduertir q̃por el prouecho de la igl"
fia, se pues le dijocurar en semejantes calor,
como lo nota Nanario cap. 47. nu. 17. y l"
tiene exprestamente en en Confeso Y ent""
los casos ũocuen los Izoctores, en los I""
les es tiesto aun Sacerdote celebrar mas,""
vna vez en vadia, es, quando el Sacerd",