te tiene dos Yglesias parochiales,y no puede co, no damente tener coadjutores, y en otra ba, ay Perochianos que han de oy: Milla. Y este caso ella en vio, de tal manera que no fo lamente dos, mas avn tres Millas puede de- zir el mismo Sacerdote, sos, ndo en tres pa- rechias la misma necellidad. Asi lo dize Sua res contra algunos authores, que fin funda suento sosficion se dice que en este caso fola suerte dos M, llas le fera licito dezir. Y es altiros, el mismo Suarez, que no folamente en este caso, mas avn , n otro quatqutera a- nitodo grati, nec iis, sed y causa para que fe nigar, tres vistia, puede el dicho Sacerdote decirla, y con añde el or prio Scere.-que nostrad . i. l., dicitas. Mitias, no solas, es, á los dias o, á tra, é los quales ay hligaciõ de s. y tla, - auh en los dias feriales, á los cuales no ay esta obligacio por el fiarse gra ue causa es,', et post, j ita est, curora no les prinado el ticxa-so y de la ro Portunidad de oy. Méjia. Es: pero en eflo cõ triere guardar la fiebre si ay en teniélá se occiliones y corriendo esto salir della costa bres. no, si - ce el Prelado, fé cerro demáse te puede colustar. tanto tizy , l "" |
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