TA B LA, no antisenticoj en el Axchiuo de SanAAu- gustin de Mexico. Y por virtud deste tra sue, algunos Señores Obiſpos han dispecia. do con algunas perfona, exclulas de las tir denes Mendicentes, para poder celebraras ad obtinentia beneficia Ecclesiastica, & or sicis quas cho, & ad aliaris ministerium. Y el Padre tray Alonſo de la vera cruziolna Compendio indico. verb. Epiſcopus, seli- ne, reuere esta conceflion, y dize que geza della los Prouinciales de las Ordenes Me dicantes, y por el consiguiente, los Religie los aquien ellos la comunicaren. Æ ORACION. Æ. Para enfeñarla a los Indios que la hace al tiempo del acostarſe y seosorarte, para sí Nuestro Señor les perdone fus peccados, y á los cogiere la muerte fubiramente, vayan en estado de gracia, to, vo. Y leale elta Atl uertencia. 4. l. Æ PARENTESCO. Æ Publicos, y fecretos que impide" "'"" |
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