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Advertencias para los confesores de los naturales (Primera parte)
M. Ocharte, 1600.
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Aduertencias para
6. C A S D S D B Y N Ç ES T0 Y 6
Matris, totito.
5? Et que comitto incello con perfenaden-
da fuya por confanguir suad, aunq̃peca gra
anisimamente y ha de confellar el grado y cir
cunstancia, pero no incurre en otra pena, así
lo dize el Doctrisimo padre Maestro fray
Alonso de la Vera cruz in tuo Speculo, P. p.
art.-xi. y alega a faticto Thomas, Richartis,
y otros contra paludan y Angelo. Lo mis-
mo dize in. i. p. Speculi arr. 32. contra Aca
lente y Angelo que dizen, que el que cestio,
sio incesto con con sanguino, fuya dentre el
quarto grado inclusine, quod a prsuado de in
dit et debito conjugas, en el interin que no "
dispenſa con el. Veste Situlli Matrimonio."
2. impedimento viri me. Y fray Manuel T"
mo. x. qq. regularium & cationicarum. 9." "?
5? Et parenteſco por via de con ſanguinidad
dentro del quarto grado inclusine, impide s.
ditime el Matrimonio, como eſta determina
do en el derecho capite. Non debet de Con
fang, & affinit. fray Manuel in fumma, P. p.
cap. xxo, en la concl. x. Sastio los Indios si
como luego ſe dira pueden contraherfin dif-