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Advertencias para los confesores de los naturales (Primera parte)
M. Ocharte, 1600.
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l.os Confellores, mil
defcomunion y de fus peccados aduirtiẽdole
que en ninguna manera fe con un que so á n-
ga copula con fu conforte halla tanto que le -
salen de nueuo, y ratifiquen el dicho Matri-
monio, por qué fi de otra manera lo hizi, fũn
peccati an mortal mente Mas fi an bes c. n.
Iortes vi meret, al confelier el sos pedra muy
bien casara folas y lin ningunos testigos fa.
candoles nueuo conſentimiento, o autiardo-
les que entre li ſe caſen que con ello quedara
el Matrimonio ratificado sin fer necellario o
5? Mayor difficultad tiene efte calo, quando
folo el vno de los confortes fabrél ir, prdi-
mento, y el otro penitus lo ignora por lo cual
le ha dé tener muy gran cautela y vier de in-
dustria para que cõ mas facilidad fe ratifique
este Matrimonio por que el tunocente de los
conforres no cayga en alguna folpecha de dõ
de ſe podrian feguir muchos y muy grandes
inconuenientes como arriba queda dicho. "
Dizen pues los Sumillas, que fubiendo la mu-
ger;o hombre, fer el Matrimonio nullo, no aui
éndo peligro q̃fe ha de faber el impedimento,
alcance ella, o él, dispenſacion del tal impedi
mentos ya ſolas estando cõfu marido, o. õ fu
muger