q̃? TA E LA, fexus,rtic baptizandis. Q..uartum Chrilma ponatur in vertice capitis, & Oleum Catheca metiorum possitur ſuper cor viri adulti. Pue torum & parllarum, adultis vero multeri- bus ponatur in illa parte, quam ratio pudici tis demonstrabis. Y declararon, que aunque Paulo. 1. no dixe expreflamente que le pon g?ò:io en los hombros y eſpaldas del bap- tizando es coſa clara que le de ue poner con forme ala á rigua y vitiuerſat costumbre de la Yglesia. De manera que en el baptiſmo de los Indios le puede poner ados ſolos [a ora les hombres, sora mugeres] la Sal, Satista, Capillo,y Cáde la veaſe el Catechismo Tri dentino en la declaracion de las ceremonias del. Sanão Santis mo,dõ de parece claro, qui cõforme es elte ba prilterio [de q̃iratamos] á aquel, cuyas ceremonias alli declara. " ,. q̃itendiciones Nunciales, q̃ fego en mi poder vnteltimonio firmado del Padre vificador de los Padres Dominicos. P" ""liit;ellifica poderíe dar las llediciones otros tales á los Naturales,en los tiẽpos por la Yglelia vedados, el qual seltimonio es s elta manera. Doyfce q̃ vino a mis manos,vi |
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