do la pena puella en derecho contra los in- cesto;íos,lecícula de las penas del incelluo fe fo. xe. coj. t. in Et confeller de los Naturales, deue pre- guntar al penitente que confiella para casar les h̃le communico con el contorte. fi el no lo dice, porque por marauilla desan de tra taríe siaritalmente antes de deſpojarſe lo q̃e s obligado fopena de peccado mortal á preguntar lo que ver, cree, y admerte fer no refierio, para que la confellion fea entera y fruãucía. fo, s. pag i q̃temoteo es obligado á preguntar diligẽ temente al primero que ver, del coydado en cosas de fu confciencia, y que no ha hecho la deuida diligencia. fo a pag. i. 4. Preguntele y examine le acerca de aque- llas cosas, en que fegun ſtrellado, o olficio le parece que puede auer peccado, no siendo trote:to ni muy menudo, fo. 9. 1, ag. i. "'"o ella ebligado a preguntar al peniten- te. á es perſona que no ella muy cargada vi dize, que ha hecho ſu diligencia para "" "" darle de sus peccados. fo. É pag ,,, q̃Confellores que en el ay"" "" "" "" "" "¿, |