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Advertencias para los confesores de los naturales (Primera parte)
M. Ocharte , 1600.
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otros que no acaban de foltar al penitente
fo. ti. ta.
q̃ No eltan obligados a preguntar lo que
puede hauer cometido el penitente, fin le-
lo aquello, en que comunmente fuelence-
linquir los de fu calidad. to. 17. pag. i.
q̃ Hallaran preguntas que puede feruir de
Catechiſmo.' fo. 17. pag. 1.
q̃ Los confellores de Españoles de las Gr-
denes Mendicantes approbados por el úr-
dinario, y ſeñalados de fus Preuincia es." ""
den diſpenſar con el incefluoso, para si ""
pueda pedir el debito a fu conlorte lo, s"
Pag. t.'
q̃ Y los confellores de los Naturales, h"
chos en capitulo, o fuera des. Por la aud""
dad que el disfinitorio dio al Prouincial ""
ra hacer confellores, pueden diſpenfarc""
los Naturales incestostos.
"Í Los con señores de Indios y de España
"? desta prouincia del Sanão Euãgelio. t.
"'" auctoridad por constitucion de la Pre
"'" "'". Para víar de los Isreces Apostolice:
" (oro conſcientio (o. os pag. t. & x.
. "'"." "'"."res,Cterigos, aunque fean Ca.
"" " "" "" "" "" "", no pueden dispenfer-