Aduertescias pars Y esta obinion paresce verdadera pues es pra cepto dix, no y humano que los enfermos ref ciban est. 5. t. iis, qui so estis enfermo, y ẽ peligr el la vida. Q..ue tea precepto diuino parvice claro pues vemos vxta costumbre tan antigua. Y que les humano. verse claro en el concilio Niceno, y es el decreto. Dede dize el f suero concilio. De aquellos que llegan al termino de la vida, guardar le ha la ley anti- gua y regular que es que fi alguno saliere del cuerpo ue sea prestado del vítimo y necefíario viar."co. Contral mente y atodo qualquiera el estus, te en el extremo de fu vida, y que pide la gracia de la comunion, se le ha de dar. No - temos las palabras de fle resto que mas obli- gan al ministro afeso dar prdiendo el Sacra- mento el enfermo, que alli el mo enfermos. Y adustrioso, que no excluye a nadie, pues di- z en generalmente y a toda qualquiera enfer- mo se le ele. Lo mejmo dize el Cocilio Aga- theole primero essel cap. 9. y es del decreto, donde ella e. El vistico a todos los que estan a punto de morir no se les ha de negar. Y en el concilio Castilagicente. s. que es de dere- cho. Y en el Triburleri se cap."st. Manda que a los peccadores abominables ladrones poblĩ |