Capitalo.-Ite las electiones," Y Ningun religiosos en vnimis morconuence ni en muchos, podra fer Guardian., sino se por espacio de quatro años, tino vuiere las mero por vn año entero desado dtcir Gua- dian. Y los ministros prouinciales, quantis ac ab enitus officios, no podran terciesta Guardian es en aquel mesmo capitulo. Lo dillinidores, que actualmente lo fon, no Pi dran fer electos Guardian es en el tiempo- s y Alctde el capitulo, donde fuerõ elegidos hasta el otro capitulo figuiente, donde ell, ra su otricio.fino fueste en caso, que los Pe la dos generales difPensafien en ello. Lo Frayles que presiden en los lugares, dond con todamente fe pueden fultenzar por sí menos Aios. Frayles, llamente Guardian es y sino vuiere cõmodidad de sustentariosa chos dose Frayles, llamente ṽicacios, y ar guardian es. LIG]ò S èlillillisiòrèS Iictas prouincias, l"'"N corios los capitulos prouinciales, aue que fean incermecitos, donde no te had |
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