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Estatutos generales de Barcelona,para la familia cismontana,de la orden de nuestro seraphico padre. S. Francisco
P. Ocharte, 1585.
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Capís tielos capitulos de los Frayles, y de la
fe ordena, que todos los Frayles de nuestra,
seligion guarden inclistinctamente eitas co
stituciones. Y si alguna causa, justa y vigen-
te por razon de mayor prouecho de manda,
re, que se dir perste con algunos conceder.
feja la circita, tir pensacion, por los pertados,
a quien pertenesce diferentas, conosciendo
primero la causa porque fe dispensa, y pro-
cediendo con tirmina madures, como los
mancia el concilio Tridentino portaro itas
pertados de nuestra orden no pueden defPo
far en las cosastituciones Apóstolicas, que te
contienen en estos estaturos, sino es en los
catos, en que la te de Apostolica tiene coce
dicto á nuestros pertado, en los prinilegios
de la orden, que puedan difĩienta, los qua-
les prinilegios estan cõfirmado, por el sin
" cto concilio Tristentino, faceritis, squellos
que el dicho concilio ha derrigado expref-
famente. Y porque la tierto tancia no fea casa
de estar te han puesto en estas constitucio-
nes en sus lugares congruentes, collas las de
rogaciones, que el fancer, cocilio bajtecho
de nuestros prinilegios. En todas las demás
S?"